martes, 10 de mayo de 2011

LEY 30


Con la promulgación de la Ley 30 de 1992 la Educación Superior en Colombia tomo un rumbo diferente al que hasta ese momento llevaba. El concepto de calidad y el de vigilancia se hacen presentes en este contexto. Seguido de esto aparece (aunque desde mucho antes a nivel mundial, 1965, se estaba hablando de ello) el concepto de “competencias” como un fin y una medida de la calidad y organización académica de la educación. Sin embargo, el término de “competencias” tiene dos claras y diferentes interpretaciones: el de capacitar para el desempeño de una ocupación (competencias laborales, saber-hacer en contexto) y el formar integralmente seres con compromiso social, propiciadores de transformaciones sociales, científicas y culturales en un entorno definido.

He aquí el dilema, por cual de ellas decidir? La Educación Superior Colombiana decidió por la primera. Grave problema porque con la globalización el cambio mundial va hacia la producción de conocimiento (creación, innovación, ideas) más que de materias primas para ser transformadas en otros países. Paralelo al proceso de debilitamiento de los bienes y recursos naturales se ha vivido el creciente peso adquirido por los procesos intelectuales. Las ideas se valorizan e incorporan valor a los bienes y servicios, llegando en muchos casos a tener un peso mayor la propiedad intelectual que las partes materiales de un objeto o artículo.

Ante esta realidad mundial, la Educación Superior Colombiana debe virar hacia la preparación de profesionales competitivos, capaces de innovar, crear, modificar para mejor, productos y servicios que impacten a nivel mundial, y dejar de producir profesionales que desempeñen pasivamente una ocupación determinada dentro de una disciplina. Esto se puede lograr mediante el desarrollo en los estudiantes del pensamiento creativo o pensamiento inventivo, del cual ya se tienen amplios estudios con resultados conocidos.